Recuerde los plazos de aplazamiento que suele conceder Hacienda.
Si se extingue el contrato por incapacidad permanente sin previsión de mejoría, se deben liquidar las vacaciones generadas y no disfrutadas.
Verifique cómo está redactado su testamento.
Vea algunas sentencias de interés aparecidas recientemente.
Si sufre algún robo o estafa, compute pérdida en su IRPF.
Vaya con cuidado con los importes que consigna en sus ofertas comerciales…
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